Impuestos al comprar vivienda en Asturias: ITP, IVA y AJD

Impuestos de compra · Principado de Asturias

En Asturias, la segunda mano puede tributar al 8%, 9% o 10%; la obra nueva sigue una ruta distinta con IVA y AJD.

La fiscalidad de una compra de vivienda en Asturias depende primero de si la transmisión está sujeta a ITP o a IVA. En una vivienda usada, el ITP general asturiano utiliza tipos del 8%, 9% o 10% según el valor íntegro del inmueble. En una primera entrega de vivienda nueva, el IVA es generalmente del 10% y la escritura sujeta a AJD aplica en Asturias, con carácter general, el 1,2%.

Última revisión8 agosto 2026
JurisdicciónPrincipado de Asturias
EstadoFuentes oficiales verificadas

Resumen fiscal

Qué impuesto corresponde al comprar vivienda en Asturias

La primera pregunta no es “¿qué porcentaje pago?”, sino qué tipo de transmisión estás realizando. La segunda mano y la primera entrega de obra nueva no siguen el mismo impuesto.

ITP
8–10%

Segunda mano · general

8% hasta €300.000; 9% entre €300.000,01 y €500.000; 10% por encima de €500.000, según la tarifa autonómica general.

RED
4–6%

Vivienda habitual · supuestos reducidos

Tarifa especial para determinados compradores y para viviendas habituales en zonas rurales demográficamente calificadas, cumpliendo requisitos.

IVA
10%

Primera entrega · general

Tipo estatal general para la entrega de vivienda nueva sujeta a IVA. Determinadas VPO de régimen especial o promoción pública pueden tributar al 4%.

AJD
1,2%

Documentos notariales · general

Tipo general asturiano para primeras copias de escrituras y actas notariales sujetas a la cuota gradual de AJD.

Los tipos de Asturias no deben trasladarse a otra comunidad autónoma, y una cifra nacional de ITP no sustituye la norma asturiana. Canonical regional TAX-REG-AST: esta página es la propietaria de la intención “impuestos de compra en Asturias”.

Segunda mano · ITP general

Asturias aplica un tipo según el valor íntegro del inmueble

El artículo 26 del texto refundido asturiano establece una tarifa general del 8%, 9% o 10%. El tipo que corresponda según el valor íntegro del bien se aplica sobre la base liquidable; no es una escala marginal por tramos como el IRPF.

Valor íntegro del inmueble Tipo general ITP Ejemplo si la base imponible coincide ITP orientativo
Hasta €300.000 8% Base de €250.000 €20.000
€300.000,01–€500.000 9% Base de €400.000 €36.000
Más de €500.000 10% Base de €600.000 €60.000
El precio de compra no siempre es la base fiscal definitiva.

En inmuebles, el valor de referencia del Catastro puede determinar la base imponible del ITP. Si el valor declarado o el precio/contraprestación pactada es superior al valor de referencia, se toma la magnitud superior. Por eso los ejemplos anteriores solo funcionan cuando la base fiscal realmente coincide con la cifra utilizada.

ITP reducido · vivienda habitual

Desde 2026, determinados compradores pueden aplicar una tarifa del 4% o 6%

El artículo 32 bis, en su redacción vigente desde el 1 de enero de 2026, establece tipos reducidos para segundas o ulteriores transmisiones cuando la vivienda constituye o va a constituir la vivienda habitual.

  • 4% cuando el valor del inmueble es de hasta €150.000.
  • 6% cuando el valor del inmueble supera €150.000.
  • Puede aplicarse a jóvenes de hasta 35 años, familias numerosas, familias monoparentales y mujeres víctimas de violencia de género, conforme a los requisitos legales.
  • También puede aplicarse a viviendas habituales situadas en zonas rurales de concejos clasificados en riesgo de despoblamiento o crisis demográfica según la zonificación vigente.
  • Se extiende a anexos adquiridos conjuntamente, con un máximo de un trastero y dos plazas de garaje por vivienda.

Condición de vivienda habitual

Ocupación efectivaEn 6 meses, salvo justa causa
PermanenciaAl menos 3 años
Obras previas justificadasRegla especial de ocupación
No basta con pertenecer a un colectivo La vivienda debe cumplir el destino de habitual y las condiciones temporales previstas en la norma asturiana.
Zonas rurales: no basta con que el municipio “parezca rural”.

Para aplicar el beneficio por ubicación debe comprobarse la clasificación oficial derivada del Decreto 83/2025 y la zonificación demográfica vigente del Principado de Asturias.

Vivienda protegida

Determinadas segundas transmisiones de vivienda protegida pueden tributar al 3%

3%

Tipo reducido ITP

Se aplica a segundas o ulteriores transmisiones de viviendas calificadas de protección pública por el Principado cuando se cumplen las condiciones del artículo 27.

VPP

Protección vigente

La vivienda no debe haber perdido su condición de protegida y debe seguir sujeta a precio máximo de venta en la fecha de devengo.

HAB

Vivienda habitual

Debe constituir vivienda habitual y el adquirente no puede resultar, como consecuencia de la adquisición, propietario o titular de derechos reales sobre más de una vivienda.

También existen reglas de ocupación y permanencia.

La norma exige, con las excepciones previstas, ocupación efectiva en seis meses y residencia permanente durante al menos tres años.

Tipo especial

Asturias tiene un tipo del 20% para determinadas adquisiciones de grandes tenedores

Desde el 3 de diciembre de 2025, el artículo 31 bis establece un tipo especial del 20% para transmisiones de vivienda cuando el adquirente encaja en la definición autonómica de gran tenedor, salvo determinadas excepciones.

20%

Regla general de gran tenedor

Incluye, entre otros supuestos, titulares que tengan o pasen a tener más de diez inmuebles urbanos de uso residencial, o diez o menos cuando su superficie construida conjunta supere 1.500 m², excluyendo garajes y trasteros.

ZMT

Mercado residencial tensionado

La norma contiene umbrales específicos más bajos para inmuebles residenciales ubicados en una zona de mercado residencial tensionado formalmente declarada. Debe comprobarse si existe una declaración aplicable a la ubicación concreta.

TUR

Edificios para uso turístico

También contempla el 20% para determinadas transmisiones de edificios enteros de viviendas destinados a vivienda de uso turístico o uso turístico, bajo las condiciones y definiciones del artículo 31 bis.

No debe aplicarse el 20% solo porque el comprador sea una empresa o inversor.

La definición es jurídica y contiene umbrales, reglas de cómputo y exclusiones —por ejemplo, determinados promotores sociales, entidades sin ánimo de lucro que provean vivienda a personas vulnerables y ciertas adquisiciones destinadas a sede social o centro de trabajo—. Cada caso necesita clasificación previa.

Obra nueva · IVA

Una primera entrega de vivienda nueva no utiliza la tarifa general de ITP

Cuando la compra constituye una primera entrega sujeta a IVA, la Agencia Tributaria publica actualmente un tipo del 10% con carácter general. Determinadas viviendas de protección oficial de régimen especial o de promoción pública pueden tributar al 4%.

  • La primera entrega por el promotor suele seguir la ruta IVA + AJD.
  • La etiqueta comercial “obra nueva” no sustituye la clasificación fiscal de la entrega.
  • Hasta dos plazas de garaje por vivienda y anexos situados en el edificio pueden seguir el tratamiento publicado por AEAT cuando se transmiten conjuntamente y se cumplen las condiciones.
  • Los pagos anticipados de una operación sujeta pueden devengar IVA antes de la escritura final.

Ejemplo · vivienda nueva €300.000

Precio neto€300.000
IVA general 10%€30.000
AJD general Asturias 1,2%€3.600*
Total ejemplo: €33.600 *Ejemplo simplificado suponiendo base de AJD de €300.000, primera entrega residencial ordinaria y ausencia de beneficios o reglas especiales.

AJD en Asturias

El tipo general de documentos notariales es del 1,2%

En las primeras copias de escrituras y actas notariales sujetas a la cuota gradual de Actos Jurídicos Documentados, Asturias aplica con carácter general el 1,2%. La operación debe cumplir los requisitos legales de sujeción a AJD.

1,2

Tipo general

1,2% para primeras copias de escrituras y actas notariales sujetas como documentos notariales.

0,3

Vivienda protegida cualificada

0,3% en adquisiciones de vivienda habitual de protección pública por beneficiarios de determinadas ayudas estatales o autonómicas, cuando no exista exención y se cumplan los requisitos.

1,5

Renuncia a exención de IVA

1,5% en escrituras que documenten transmisiones con renuncia expresa a determinadas exenciones de IVA. Es un supuesto distinto de la compra residencial ordinaria de primera entrega.

La escritura de compraventa y la escritura del préstamo hipotecario son actos distintos. No sumes automáticamente al comprador el AJD del préstamo como si fuera otro impuesto de adquisición. La normativa estatal contiene una regla específica de sujeto pasivo para las escrituras de préstamo con garantía hipotecaria.

Base imponible · Catastro

Comprueba el valor de referencia antes de calcular el ITP

La Dirección General del Catastro confirma que el valor de referencia sirve para determinar la base imponible de ITP y AJD en los supuestos legalmente previstos. Si el valor declarado, el precio o la contraprestación pactada son superiores al valor de referencia, se toma la mayor magnitud.

  • Consulta el valor de referencia correspondiente a la fecha de devengo.
  • No confundas valor de referencia con valor catastral.
  • No utilices automáticamente el precio de compraventa como única base del ITP.
  • Si no existe valor de referencia certificable, entra en juego la regla alternativa prevista por la normativa.
Ejemplo de impacto

Si una vivienda se compra por €250.000 pero su valor de referencia aplicable fuese €280.000, el cálculo del ITP no debería hacerse automáticamente sobre €250.000. La base fiscal debe determinarse conforme a las reglas vigentes antes de aplicar el tipo asturiano.

Presentación y pago

ITP y AJD se autoliquidan mediante el Modelo 600 en Asturias

30

Plazo general

Servicios Tributarios del Principado de Asturias publica un plazo general de 30 días hábiles desde la fecha del acto o contrato sujeto.

600

Autoliquidación

El Modelo 600 identifica partes, bienes o actos, base, tipo, beneficios y cuota del ITPAJD.

WEB

Presentación

Puede gestionarse a través de la sede electrónica del Ente Público de Servicios Tributarios del Principado de Asturias, además de las vías presenciales admitidas.

DOC

Documentación

La guía oficial pide, entre otros documentos según el caso, la escritura o título, identificación de las partes y justificantes relativos al valor declarado.

El plazo es material y debe verificarse en la fecha de la operación.

Esta guía ha sido revisada el 8 de agosto de 2026. Si la compra se firma posteriormente, comprueba de nuevo el procedimiento, el modelo y el plazo publicados por Servicios Tributarios del Principado de Asturias.

Ejemplos prácticos

Cómo cambia el impuesto según el tipo de compra

Operación Supuesto Cálculo simplificado Resultado orientativo
Segunda mano €250.000 Tarifa general; base fiscal €250.000 €250.000 × 8% €20.000 ITP
Segunda mano €250.000 Comprador que cumple artículo 32 bis; vivienda habitual; base €250.000 €250.000 × 6% €15.000 ITP
Segunda mano €400.000 Tarifa general; base fiscal €400.000 €400.000 × 9% €36.000 ITP
Obra nueva €300.000 Primera entrega ordinaria; IVA 10%; AJD 1,2%; bases asumidas €300.000 €30.000 + €3.600 €33.600 IVA + AJD

Estos ejemplos aíslan los impuestos tratados en esta guía. No incluyen notaría, Registro, asesoramiento, tasación, financiación u otros gastos de adquisición. Tampoco sustituyen la comprobación del valor de referencia ni de los requisitos para un tipo reducido.

Errores frecuentes

Seis errores que pueden cambiar el impuesto a pagar

01

Usar siempre el 8%

El ITP general sube al 9% y 10% según el valor íntegro del inmueble, y existen tipos especiales que pueden alterar sustancialmente la cuota.

02

Calcular por tramos marginales

La tarifa asturiana selecciona el tipo según el valor íntegro y ese tipo se aplica sobre la base liquidable.

03

Ignorar el valor de referencia

Precio de compraventa, valor de referencia y valor catastral no son conceptos equivalentes.

04

Aplicar 4% por edad sin más

El tipo reducido exige vivienda habitual y las condiciones previstas por la norma; no es una reducción automática por cumplir 35 años o menos.

05

Tratar obra nueva como reventa

Una primera entrega sujeta a IVA sigue la ruta IVA + AJD, no el ITP general de segunda mano.

06

Olvidar reglas especiales

Grandes tenedores, vivienda protegida, zonas rurales y determinados usos empresariales o turísticos pueden tener tratamiento específico.

Fuentes oficiales

Normativa y administración utilizadas para verificar Asturias

Fuentes verificadas el 8 de agosto de 2026. Los tipos, beneficios, bases y procedimientos deben volver a comprobarse si la operación se realiza después de esta fecha.

Preguntas frecuentes

ITP, IVA y AJD al comprar vivienda en Asturias

La tarifa general vigente aplica el 8% cuando el valor íntegro del inmueble está entre 0 y €300.000, el 9% entre €300.000,01 y €500.000 y el 10% cuando supera €500.000. Existen tipos reducidos y tipos especiales para determinados supuestos.

La norma asturiana determina el tipo aplicable atendiendo al valor íntegro del bien y ese tipo se aplica sobre la base liquidable. Por ejemplo, en el supuesto simplificado de un inmueble de €400.000 con base fiscal de €400.000, el tipo general es el 9% sobre esa base.

Sí. La redacción vigente desde el 1 de enero de 2026 incluye a jóvenes de hasta 35 años entre los supuestos que pueden aplicar la tarifa reducida del artículo 32 bis para una segunda o ulterior transmisión destinada a vivienda habitual: 4% hasta €150.000 y 6% por encima, siempre que se cumplan los requisitos.

El artículo 32 bis incluye, además de jóvenes de hasta 35 años, familias numerosas, familias monoparentales y mujeres víctimas de violencia de género, y también viviendas habituales en determinadas zonas rurales de concejos clasificados en riesgo de despoblamiento o crisis demográfica. Deben cumplirse las condiciones específicas.

Sí, para determinadas segundas o ulteriores transmisiones de viviendas calificadas de protección pública por el Principado de Asturias que vayan a constituir vivienda habitual y cumplan las condiciones del artículo 27, incluida la protección y precio máximo vigentes.

En una primera entrega ordinaria sujeta a IVA, el tipo residencial general publicado por AEAT es del 10%. Además, la escritura puede quedar sujeta a AJD; Asturias aplica un tipo general del 1,2% a las primeras copias de escrituras y actas notariales sujetas como documentos notariales.

Es un tipo especial vigente para determinadas transmisiones de vivienda cuando el adquirente encaja en la definición autonómica de gran tenedor y para ciertos supuestos de edificios enteros destinados a uso turístico. No se aplica automáticamente a cualquier empresa, inversor o propietario con varias viviendas.

No. Para inmuebles, el valor de referencia del Catastro puede determinar la base imponible. Si el valor declarado, el precio o contraprestación pactada son superiores al valor de referencia, se utiliza la mayor magnitud conforme a la normativa aplicable.

Servicios Tributarios del Principado de Asturias publica actualmente un plazo general de 30 días hábiles desde la fecha del acto o contrato para declarar el ITPAJD. Debe verificarse de nuevo si la operación se realiza después de la fecha de revisión de esta guía.

La nacionalidad extranjera por sí sola no crea una tarifa general distinta de ITP. El tipo depende del tipo de operación, la base, el inmueble y de si se cumplen o no las condiciones de algún beneficio o regla especial aplicable.

Aviso importante. Esta guía ofrece información general sobre impuestos al comprar vivienda en el Principado de Asturias y no sustituye asesoramiento fiscal, jurídico o notarial individualizado. La aplicación de tipos reducidos, deducciones, exenciones, la definición de gran tenedor, la clasificación de vivienda habitual, la zonificación rural, la base imponible y los procedimientos dependen de hechos concretos y de la normativa vigente en la fecha de devengo. Comprueba siempre las fuentes oficiales antes de presentar una autoliquidación.

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