Fiscalidad de vivienda usada
En una vivienda de segunda mano, saber que existe ITP es solo el primer paso
La compra de una vivienda usada se encuadra normalmente en la modalidad de Transmisiones Patrimoniales Onerosas del ITP. Pero no existe un porcentaje único válido para toda España: la ubicación del inmueble, la normativa territorial, la base imponible y las posibles condiciones para beneficios fiscales deben resolverse antes de calcular la cuota.
Respuesta corta
¿Qué es el ITP al comprar una vivienda de segunda mano?
El marco estatal está regulado por el texto refundido del Impuesto sobre Transmisiones Patrimoniales y Actos Jurídicos Documentados. Sin embargo, los tipos de gravamen y determinados beneficios y aspectos de gestión pueden depender de la comunidad autónoma o del régimen territorial competente.
No existe un “ITP de España” que pueda expresarse correctamente con un único porcentaje. Antes de calcular la cuota hay que resolver la ubicación del inmueble, la base imponible y la normativa regional o foral aplicable.
ITP frente a IVA
La primera pregunta es si la operación es realmente una transmisión sujeta a TPO
La AEAT distingue entre las primeras entregas de vivienda, normalmente vinculadas al IVA, y las viviendas usadas o segundas y posteriores entregas, que normalmente tributan por Transmisiones Patrimoniales Onerosas.
Vivienda usada
La compra ordinaria de una vivienda de segunda mano por un particular se encuadra normalmente en TPO.
Primera entrega
Una primera entrega de vivienda por el promotor sigue normalmente el régimen de IVA y debe analizarse separadamente de esta guía.
Excepciones empresariales
Determinadas transmisiones de inmuebles usados entre empresarios pueden tributar por IVA en lugar de ITP cuando concurren las condiciones legales para renunciar a la exención.
Quién paga
En una compraventa ordinaria, el contribuyente es el adquirente
El texto refundido estatal establece que, en las transmisiones de bienes y derechos, está obligado al pago del impuesto a título de contribuyente quien los adquiere.
- El comprador debe incluir el impuesto dentro de su presupuesto de adquisición.
- Un acuerdo privado que intente atribuir económicamente el coste a otra parte no cambia por sí solo quién es el contribuyente frente a la Administración.
- La nacionalidad del comprador no determina por sí sola un tipo de ITP.
- La condición de residente o no residente tampoco sustituye el análisis territorial de la adquisición.
¿Qué Administración debes comprobar?
Para un inmueble situado en España, empieza por la ubicación física de la vivienda.
- Identifica la comunidad autónoma o territorio fiscal donde está el inmueble.
- Confirma que la operación tributa por TPO y no por otro régimen.
- Consulta el tipo y posibles beneficios de esa jurisdicción.
- Comprueba el procedimiento, formulario, plazo y canal de presentación vigentes.
- Calcula la cuota sobre la base imponible correcta.
Tipo de gravamen
¿Cuánto es el ITP de una vivienda de segunda mano?
No existe una respuesta nacional única. En el régimen común, las comunidades autónomas pueden regular tipos de gravamen para la transmisión de bienes inmuebles y también determinadas deducciones o bonificaciones dentro del marco legal.
Ubicación
El punto de partida es la comunidad autónoma donde radica físicamente la vivienda.
Tipo aplicable
Debe obtenerse de la normativa y autoridad tributaria vigente de esa jurisdicción, no de una tabla nacional genérica.
Beneficios fiscales
Algunas jurisdicciones pueden establecer tratamientos reducidos, deducciones o bonificaciones sujetos a requisitos concretos que deben verificarse individualmente.
Una cifra correcta para una comunidad autónoma puede ser incorrecta para la vivienda situada al otro lado de una frontera regional. Nunca traslades automáticamente una tasa de Andalucía, Madrid, Cataluña, Valencia u otra jurisdicción a una operación diferente.
Base imponible
El precio de compraventa no siempre es la cifra sobre la que se calcula el impuesto
Para los bienes inmuebles, el texto legal utiliza el valor de referencia previsto en la normativa del Catastro como elemento central de la base imponible.
- Comprueba si el inmueble tiene valor de referencia certificable en la fecha de devengo.
- Compara ese valor con el valor declarado y con el precio o contraprestación pactada.
- Si el precio, contraprestación o valor declarado es superior al valor de referencia, la base puede elevarse a la mayor de esas magnitudes.
- Si no existe valor de referencia o no puede certificarse, se aplican las reglas legales alternativas de base imponible.
Compra por debajo del valor de referencia
Precio pactado:
250.000 €Valor de referencia:
280.000 €En este ejemplo, no sería correcto calcular automáticamente el impuesto utilizando únicamente los 250.000 € pagados por la vivienda. Debe aplicarse la regla legal de base imponible y después el tipo territorial correspondiente.
Precio superior al valor de referencia
Precio pactado:
320.000 €Valor de referencia:
280.000 €Si el precio o contraprestación pactada es superior al valor de referencia, la normativa estatal prevé que la base imponible tome la mayor magnitud aplicable.
Por qué importa
Una oferta atractiva no reduce necesariamente el impuesto en la misma proporción
Negociar un precio inferior puede reducir el desembolso al vendedor, pero el cálculo fiscal debe analizarse independientemente. La existencia de un valor de referencia superior puede impedir utilizar únicamente el precio negociado como base.
Precio, tasación hipotecaria, valor catastral y valor de referencia no son conceptos equivalentes. Cada uno cumple una función diferente y no deben intercambiarse en un cálculo fiscal.
Cálculo
Cómo aproximarse correctamente al cálculo del ITP
Un cálculo fiable requiere resolver primero la base y después el tratamiento regional. La siguiente fórmula sirve como mapa conceptual, no como sustituto de la autoliquidación oficial.
Después deben verificarse reducciones, deducciones, bonificaciones, requisitos, formalidades y procedimiento de la jurisdicción competente.
Clasifica la compra
Confirma que estamos ante una transmisión de vivienda usada sujeta a TPO.
Obtén la base
Revisa precio, valor declarado, valor de referencia y las reglas alternativas cuando corresponda.
Resuelve la región
Consulta la normativa tributaria aplicable donde se encuentra el inmueble.
Revisa beneficios
Comprueba si existe algún tratamiento específico y si se cumplen todos sus requisitos.
Valor de referencia y discrepancias
¿Qué ocurre si consideras incorrecto el valor de referencia?
El texto refundido del impuesto prevé que el valor de referencia pueda discutirse dentro de los procedimientos tributarios previstos, no simplemente ignorándolo en el cálculo.
Rectificación de autoliquidación
Cuando el obligado considera que el valor de referencia perjudica sus intereses legítimos, la normativa contempla su impugnación con ocasión de una solicitud de rectificación de la autoliquidación en los términos legalmente previstos.
Recurso frente a liquidación
También puede plantearse la impugnación cuando se recurre la liquidación que, en su caso, practique la Administración tributaria.
Devengo y presentación
El impuesto nace con la operación, pero el procedimiento de presentación debe resolverse territorialmente
El marco estatal establece que, en las transmisiones patrimoniales, el impuesto se devenga el día en que se realiza el acto o contrato gravado. Sin embargo, la gestión y liquidación están territorializadas y deben comprobarse en la Administración competente.
| Cuestión | Regla general | Qué debes verificar |
|---|---|---|
| Devengo | Se vincula al día en que se realiza el acto o contrato gravado. | Fecha jurídica efectiva de la operación y posibles circunstancias especiales. |
| Contribuyente | En una transmisión, el adquirente es el obligado al pago como contribuyente. | Quién figura como comprador y la estructura real de la adquisición. |
| Administración | En inmuebles del régimen común, la ubicación del inmueble determina el punto territorial de conexión. | Comunidad autónoma competente y, en su caso, régimen foral o especial. |
| Formulario | Forma parte del procedimiento tributario de autoliquidación o declaración. | Modelo vigente, instrucciones y canal de presentación de la autoridad competente. |
| Plazo | No debe copiarse de otra jurisdicción sin verificarlo. | Plazo vigente publicado por la Administración tributaria competente. |
Esta guía no publica un plazo universal ni un formulario regional universal. Ambos son datos operativos susceptibles de cambios y deben comprobarse en la autoridad tributaria competente antes de presentar la autoliquidación.
Errores frecuentes
Siete formas de calcular mal el ITP antes incluso de presentar el impuesto
Usar una tasa nacional
No existe un único porcentaje regional aplicable a todas las viviendas españolas.
Copiar otra comunidad
La tasa o beneficio de otra región puede no tener ninguna aplicación a tu inmueble.
Calcular solo sobre el precio
El valor de referencia puede cambiar la base imponible utilizada para el impuesto.
Confundir valores
Valor catastral, valor de referencia, precio y tasación hipotecaria son conceptos distintos.
Suponer un tipo reducido
Un beneficio fiscal solo debe presupuestarse cuando se han verificado todos sus requisitos.
Confundir usado con IVA imposible
Existen operaciones empresariales excepcionales en las que una transmisión usada puede tributar por IVA.
Ignorar el procedimiento
Tipo correcto y base correcta no bastan si el formulario, plazo o presentación son incorrectos.
Fuentes oficiales verificadas
De dónde salen las reglas nacionales de esta guía
Estas fuentes fueron revisadas el 8 de agosto de 2026. Para conocer el tipo exacto, reducciones, bonificaciones y procedimiento de una compra concreta debe añadirse la fuente de la comunidad autónoma, territorio foral o jurisdicción competente.
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Esta página responde específicamente al ITP de vivienda usada. Los siguientes artículos cubren preguntas diferentes y evitan duplicar la misma intención.
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Una estimación fiscal útil necesita conocer dónde está el inmueble, cómo se estructura la transmisión y qué normativa territorial está vigente. RealtorList permite localizar profesionales por ubicación, idioma, servicio y especialidad.
Preguntas frecuentes
ITP al comprar vivienda usada en España
En una compra ordinaria de vivienda usada, el comprador tributa normalmente por la modalidad de Transmisiones Patrimoniales Onerosas del ITP. Existen determinadas operaciones empresariales que pueden seguir un tratamiento distinto, por lo que debe confirmarse la naturaleza real de la transmisión.
El texto refundido estatal establece que en las transmisiones de bienes y derechos está obligado al pago como contribuyente quien los adquiere. En una compraventa ordinaria de vivienda, esto significa el comprador.
No existe un único porcentaje aplicable a toda España. En el régimen común, las comunidades autónomas pueden regular los tipos aplicables a transmisiones de inmuebles, además de determinadas deducciones y bonificaciones. Navarra y los territorios forales del País Vasco requieren analizar su propia normativa.
No necesariamente. Para bienes inmuebles, la normativa incorpora el valor de referencia del Catastro a la determinación de la base imponible. Si el valor declarado, el precio o la contraprestación pactada son superiores al valor de referencia, puede resultar aplicable la mayor de esas magnitudes conforme a la regla legal.
Cuando no existe valor de referencia o este no puede ser certificado por la Dirección General del Catastro, la normativa establece reglas alternativas de base imponible que deben aplicarse sin perjuicio de las facultades de comprobación administrativa.
La normativa contempla la impugnación del valor de referencia en conexión con los procedimientos tributarios correspondientes, incluida la rectificación de la autoliquidación o el recurso frente a una liquidación administrativa cuando proceda. No debe simplemente ignorarse el valor sin utilizar la vía legal adecuada.
La nacionalidad por sí sola no debe utilizarse para seleccionar un porcentaje. Primero hay que resolver la naturaleza de la transmisión, la ubicación del inmueble, la base imponible y las condiciones establecidas por la normativa territorial aplicable.
El marco estatal fija el momento del devengo de la transmisión, pero el procedimiento operativo, formulario, plazo y canal de presentación deben comprobarse en la Administración tributaria competente. Esta guía nacional no traslada el procedimiento de una comunidad autónoma a otra.
Sí, en determinados supuestos empresariales. La AEAT explica que ciertas segundas y posteriores entregas de inmuebles pueden tributar por IVA cuando se cumplen los requisitos legales para renunciar a la exención y el adquirente reúne las condiciones exigidas. No es la situación ordinaria de un particular que compra una vivienda usada para uso personal.
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